OPINIÓN

Un pacto es mucho mejor que una imposición

SALVADOR SABRIÀ

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A l barco de la reforma laboral aprobada en junio del 2012 con los votos del PP y de CiU y la oposición frontal de prácticamente el resto de grupos no paran de salirle fugas de agua. Las peores se producen en la parte del casco legal de este buque que rige los derechos de los trabajadores.

Los tribunales se están convirtiendo en el principal escollo insalvable para una normativa que prácticamente enfrentó a una mitad de la representación política de los ciudadanos contra la otra.

Traducido en votos obtenidos en las elecciones generales del 2011, la reforma se aprobó con poco más de 12 millones de votos contra poco más de 11 millones. Demasiada división para una legislación que ha de marcar la vida de la mayoría de la población. La división no solo se produjo entre los parlamentarios. Destacados bufetes de abogados laboralistas criticaron el contenido de la ley, por considerar que iba más allá de lo que podía en muchos aspectos. Y los sindicatos advirtieron de que provocaría muchas tensiones en las empresas y que aumentaría la indefensión de los empleados.

En parte, los críticos han tenido mucha razón. Aunque los que lo han hecho más evidente han sido los jueces. Las lagunas legales han dejado sin efecto muchos expedientes de regulación de empleo que afectaban a miles de despedidos. En algunos casos, por defectos de forma. En otros porqué, afortunadamente para los trabajadores, todavía los jueces tienen algo que decir ante decisiones que comportan extinciones de empleos por causas poco justificadas. Y también han frenado interpretaciones empresariales de la ley que van mucho más allá de la manga ancha que esta ya permite.

El último varapalo lo ha dado el Tribunal Supremo con una sentencia que pone en entredicho un pilar de la reforma laboral: el fin de la ultraactividad. La ley establece que al año de finalizado un convenio colectivo de una empresa sin haber alcanzado un nuevo pacto, se aplica el convenio colectivo de ámbito superior, por ejemplo de sector, o provincial, si lo hubiere, en lugar de prorrogarse indefinidamente los acuerdos de empresa extinguidos.

Normalmente, los convenios de ámbito superior tienen peores condiciones para los empleados que los de empresa, por lo que esta medida provocó el rechazo sindical. Pero ha habido algunas compañías que han ido incluso más allá y han sustituido de forma unilateral y sin pacto el convenio extinguido por el Estatuto de los Trabajadores, que es la protección mínima. Primero un tribunal balear y después el Supremo han marcado los límites a estas prácticas. Y han vuelto a dejar claro que es mucho mejor y más efectivo un pacto que una imposición.