MEDIDA CONTRA LA POBREZA ENERGÉTICA

El máximo mensual de ingresos para el bono social va de 807 a 1.345 euros

El límite de consumo anual para el descuento oscila de 1.200 a 3.600 Kwh al año, según el número de miembros de la familia

Joan S. Puig Pasqual

Joan S. Puig Pasqual / Joan Puig

Agustí Sala / Barcelona

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El máximo de ingresos mensuales para beneficiarse del nuevo bono social de la luz es de 807 euros, lo que equivale a 1,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) en 14 pagas en los hogaes sin hijos menores.

Este es el tope para este descuento del 25% en el recibo de la luz con tarifa regulada (PVPC) que se incluye en el real decreto que publica este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE), aprobado el viernes por el Gobierno.

En el caso de que con la familia conviva un menor, los ingresos mensuales máximos son de 1.076 euros (2 veces el IPREM en 14 pagas) y de 1.345 euros mensuales (2,5 veces el IPREM en 14 pagas) cuando haya dos menores en la familia.

A su vez, los umbrales de renta anteriores se incrementarán en 0,5 veces el IPREM cuando haya víctimas de violencia de género, del terrorismo y algún miembro con una discapacidad superior al 33%.

Esta rebaja del 25% en el recibo es para los consumidores denominados "vulnerables". Se incluyen aquellos hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas y todas las familias numerosas también consideradas vulnerables.

La rebaja será del 40% para la categoría de "consumidores vulnerables severos", que son aquellos en los que la renta familiar "sea inferior a la mitad de los umbrales establecidos para los vulnerables".

Riesgo de exlucisón social

El real decreto establece una tercera categoría, la de consumidores en riesgo de exclusión social, que, además de tener rentas por debajo del umbral fijado para los severos, son atendidos por los servicios sociales de su comunidad autónoma y esta les paga al menos el 50 % del importe de su factura. A estos no se les podrá cortar la luz en caso de impago y para ello la nueva regulación establece un mecanismo por el que las comercializadoras de electricidad tendrán que hacer una aportación financiera adicional, asumiendo el resto del recibo que no cubre la comunidad autónoma.

En todos los casos se establecen unos límites máximos de consumo eléctrico anual límites máximos de consumo eléctrico anuala los que será aplicable el descuento del bono social. Cuando la unidad familiar esté fomada por una sola persona será de 1.200 kilovatios (kwh); de 1.680 cuando conviva en el hogar un menor o sea una sola persona con una pensión mínima; 2.040 cuando en la casa haya dos menores; y 3.600 cuando sean familias numerosas.

En la mayoría de los países europeos, estas ayudas a los consumidores más necesitados corren a cargo de los presupuestos públicos. El Ministerio de Energía afirma que se mantiene el sistema por el cual el coste del bono social es asumido por las empresas comercializadoras como "un servicio de interés general, sin cargarlo sobre los consumidores o los Presupuestos Generales del Estado".

Unos 230 millones de coste

El ministerio que dirige Álvaro Nadal estimó que el nuevo sistema tiene un coste de entre 230 y 235 millones anuales, frente a los 180 o 200 millones de la actualidad, con un modelo que no tiene encuenta la renta de los hogares. Está previsto que cubra a unos 2,5 millones de hogares, una cifra similar a los 2,4 millones de la actualidad con el sistema cuya financiación invalidó el año pasado el Tribunal Supremo. En el proyecto de real decreto, el Gobierno estimaba en "unos 4,5 millones las personas que podrían estar en riesgo de pobreza energética".

El real decreto recoge, además, una serie de medidas para reforzar la protección al consumidor, entre las que está la ampliación de dos a cuatro meses del plazo para cortar el suministro, una vez se produce el impago por parte de consumidores vulnerables.

Los consumidores que actualmente disponen del bono social lo podrán mantener durante seis meses sin necesidad de renovarlo y próximamente estará en marcha una aplicación informática para verificar la información disponible sobre la renta de los solicitantes en la Agencia Tributaria, aunque también se podrá pedir presentando el interesado la declaración del IRPF.