ELEMENTOS DE COMPETIVIDAD

Los pleitos comerciales se prolongan una media de 510 días en España

Hemiciclo del Congreso de los Diputados

Hemiciclo del Congreso de los Diputados / periodico

AGUSTÍ SALA / BARCELONA

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La justicia es lenta. Es una frase recurrente. Pero resulta que los estudios no lo reflejan de este modo, al menos a nivel comparado con el resto de socios de la Unión Europea (UE), ya que la duración de los procesos es homologable. Pero sí que el sistema español sobresale, en cambio, en la duración de los pleitos comerciales, que afectan a las empresas, con una media de 510 días, y en la escasa dotación presupuestaria para la justicia, con 27 euros per cápita frente a los 50,4 de  la media de los 15 principales países comunitarios. Otros de los rasgos distintivos son la tasa de litigiosidad, con unos 38 asuntos por cada 1.000 habitantes, más del doble de la media de 15 países comunitarios; así como en una elevada producción de leyes y normas.

El análisis 'Implicaciones económicas del funcionamiento de la justicia en España', realizado por el Consejo General de Economistas revela que la duración de los procedimientos civiles y mercantiles se sitúa en torno a la media en España, con 264 días, frente al promedio de 246 días de la UE. Alemania, con 183 días, se sitúa en la parte baja; mientras que Francia, con 311 días y, especialmente, Italia, con 590, en la alta, según los datos de la Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia (CEPEJ) recogidos en este estudio.

El informe se basa en que "el funcionamiento del sistema judicial incide de manera directa en el desarrollo económico" y, por tanto, en la inversión y la actividad de un país. Es por ello que resulta revelador que el problema se dé en las disputas comerciales, en las que la media de resolución en España es de 510 días, frente a los 429 de Alemania o los 395 de Francia.

El tiempo medio para resolver este tipo de pleitos apenas ha variado entre el 2003 y el 2015, ya que pasó de 515 días al principio de ese periodo a 510 al final, según los autores del informe a raíz de los datos del informe 'Doing business', que elabora anualmente el Banco Mundial y en el que España está en el puesto 32 en facilidad para hacer negocios.

CONCURSOS, DE 28,2 A 41,6 MESES

Destaca la duración de los asuntos en el ámbito concursal en los juzgados mercantiles, los tienen mayor acumulación de trabajo, al pasar de una media de 28,2 meses en el 2011 a 41,6 en el 2015. Y eso pese a que en los últimos años ha crecido el tratamiento de las insolvencias mediante soluciones extrajudiciales, preconcursales, como acuerdos de refinanciación y extraconcursales (mediación concursal), tras la reforma de la ley concursal en el 2011 para facilitar estos acuerdos.      

Otro aspecto que caracteriza a España es "la tendencia a publicar cada vez más normas", que es justo lo contrario de lo que sucede en el resto de Europa, donde la evolución refleja que disminuye la producción normativa. El número de disposiciones normativas aprobadas por el Estado y las 17 autonomías "multiplica por 10 las producidas por el Estado federal alemán, con una población que casi duplica la española".

Solo en el 2015, se aprobaron en España 884 normas de distinto rango a nivel estatal, un 25% más que en el 2014. Se editaron 176.500 páginas en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que supone el 3,9% más.

SEGURIDAD JURÍDICA

Según subraya el informe, la seguridad jurídica, que permite atraer el capital y los recursos productivos para crear riqueza y generar empleo, "pasa por la elaboración de normas más sencillas, más estables en el tiempo y de mejor técnica jurídica". Considera que "para mejorar el marco normativo, debería reducirse la complejidad del entramado legislativo y evitar la profusión y la dispersión legislativa".

En el mismo estudio se resalta que "el afán de promulgar normas que se ha instalado hace tiempo en España ha devenido en un marco legal complejo, inestable y de mala calidad que genera inseguridad jurídica para los agentes económicos".

La litigiosidad, aunque se redujo en un 2,9% en el 2015 con respecto al 2014, sigue siendo uno los rasgos del sistema español. Eso, según los autores del informe, "podría deberse, entre otras cuestiones, a que los usuarios del sistema judicial español, cuando acuden a los tribunales, soportan menores costes que los usuarios de otros países".

De hecho, la participación de las tasas judiciales en la financiación de los presupuestos de los tribunales, un 13,8%, "es muy inferior al resto de los países de nuestro entorno (el promedio de la UE-15 es del 29,2%). Los autores proponen un sistema de tasas judiciales "respetuoso con el derecho de acceso a la justicia garantizado en la Constitución".

{"zeta-legacy-despiece-horizontal":{"title":"Los expertos recomiendan eximir a las pymes de las tasas judiciales","text":"Esos factores se deben combinar con la garant\u00eda de acceso a la tutela judicial efectiva de todos los actores, como establece la Constituci\u00f3n. La recaudaci\u00f3n de las tasa, a la vez, seg\u00fan los autores del informe, deber\u00eda integrarse en el presupuesto del Ministerio de Justicia, por ejemplo para cubrir procedimientos gratuitos."}}