Las grandes empresas tienen 9 meses para hacer auditorías energéticas

Piezas de Seat en la fábrica de Martorell.

Piezas de Seat en la fábrica de Martorell. / periodico

AGUSTÍ SALA / BARCELONA

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Las grandes empresas y grupos de sociedades disponen de nueve meses para encargar auditorías energéticas que a partir de ahora pasan a ser obligatorias.  La norma, que entra en vigor este mismo sábado con más de tres años de retraso, reconoce los análisis de este tipo que se hayan llevado a cabo con posterioridad al 5 de diciembre del 2012, es de obligado cumplimieto para las empresas con más de 250 trabajadores o más de 50 millones de facturación y un balance general que supere los 43 millones.

Dadas las condiciones establecidas en el real decreto que traspone una directiva del 2012, se estima que finalmente afecta a unas 3.800 empresas de toda España que tienen cerca de 27.000 establecimientos. Quedan fuera de la obligatoriedad de la normativa las microempresas y las pymes, de acuerdo con una recomendación de la Comisión Europea.

El Clúster de Eficiència Energètica de Catalunya (CEEC) considera positiva la implantación de esta norma "largamente reclamada por el sector". Según Albert Mitjà, presidente del CEEC, la trasposición de esta directiva supondrá "un gran impulso para este sector y para las empresas supondrá ahorros energéticos y, por lo tanto, económicos a la larga". Esta organización asegura que el real decreto que publica el BOE de este sábado era "esperadísimo".

El objetivo de la directiva europea es que los países miembros alcancen determinados niveles de ahorro energético en el periodo que va del 1 de enero del 2014 al 31 de diciembre del 2020 para que el conjunto de la UE pueda alcanzar en ese ejercicio el objetivo de un 20% de eficiencia energética.

AHORRO ENERGÉTICO

Las auditorías, que deberán realizarse cada cuatro años, tienen por objeto determinar el potencial de ahorro energético en procesos y mejoras para ahorrar costes en este apartado. La importancia de estas actuaciones gana trascendencia en determinadas actividades en las que los costes energéticos suponen en torno a la mitad de los gastos totales de la empresa.

Mitjà destaca que los ahorros que se pueden obtener con medidas de eficiencia energética  "son especialmente interesantes en España, a causa de los elevados costes energéticos que soportan las empresas del país, que están entre los más elevados de Europa".

CRITERIOS MÍNIMOS

El real decreto establece los criterios mínimos y requisitos que deben cumplir las auditorías energéticas, así como las condiciones que hay que cumplir para poder llevarlas a cabo. Podrán ser tanto compañías especializadas en realizar este tipo de estudios, que deberán estar inscritas en un registro administrativo, como "personal interno cualificado" de las empresas que tengan que llevarlas a cabo.

Este tipo de estudios permiten detectar las operaciones dentro de los procesos que pueden contribuir al ahorro y la eficiencia de la energía primaria consumida, así como para optimizar la demanda energética de las instalaciones estudiadas. También se incluyen análisis como la optimización por cambio de combustible.

El vacío legal que provocaba la falta de trasposición de la directiva en España, que en teoría debería haberse empezado a exigir el pasado 5 de diciembre, generaba inquietud en las empresas. Aunque algunas ya practicaban las auditorías energéticas se desconocían los detalles que se tendrían que cumplir para que estas pudieran homologarse.

Bruselas tenía a España y otros 10 países en el punto de mira y ya había lanzado una advertencia antes del procedimiento de infracción, después de que en julio del año pasado, cuando vencía el nuevo plazo, no hubieran adaptado esta directiva a las leyes nacionales.

Las demoras del Gobierno impedían a las compañías cumplir de forma adecuada los plazos previstos, que vencían el pasado 5 de diciembre y ni siquiera la prórroga de tres meses que estaba contemplada y que vencía el pasado 5 de febrero.