MEDIDAS CONTRA EL DÉFICIT
Las empresas tendrán que adelantar 8.000 millones a Hacienda antes de acabar el año
Rosa María Sánchez
Redactora jefe
Premio Carlos Humanes de Periodismo Económico 2020. Máster Universitario en Investigación en Periodismo por la Universidad Complutense, en 2023. Profesora en el Título de Postgrado Especialista en Información Económica de la Universidad Nebrija. Colaboradora en RNE.
ROSA MARÍA SÁNCHEZ / MADRID
El Consejo de Ministros en funciones prevé aprobar este viernes un real decreto que permita aumentar por vía urgente la recaudación del impuesto de sociedadesimpuesto de sociedades. El mismo viernes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) podría publicar una edición extraordinaria con los cambios en los pagos fraccionados del impuesto de sociedades con los que el Gobierno en funciones prevé recaudar de las empresas unos 8.000 millones de euros adicionales en dos tacadas: una, los primeros 20 días de octubre y la otra, en igual plazo de diciembre.
El Gobierno pretende presentar ante Bruselas esta "medida efectiva" contra el déficit público antes del 15 de octubre próximo con el fin de frenar la amenaza de una multa una multaa España que puede acercarse a 5.500 millones de euros.
LOS BANCOS, EL 25%
El real decreto que el ministro de Hacienda en funciones, Cristóbal Montoro, negocia con representantes de la oposición recuperar el tipo mínimo de pago fraccionado que la reforma fiscal del PP ha hecho desaparecer este 2016 y lo aplica a un mayor número de empresas.
Así, Hacienda pretende aplicar un pago fraccionado mínimo del 23% sobre el resultado contable de las empresas cuya facturación anual supere los 10 millones de euros. Para los bancos, el pago mínimo será del 25% sobre el resultado contable.
HUNDIMIENTO DE SOCIEDADES
En el sistema anterior, el pago mínimo era del 12% y se aplicaba a empresas con una facturación superior a los 20 millones de euros. Así se estableció en la ley 16/2013 de medidas tributarias, para los ejercicios 2014 y 2015. En el 2016 este sistema ya ha desaparecido y esa es la causa principal del hundimiento de la recaudación del impuesto, que ha caído el 32% en los ocho primeros meses del año (la caída llegó al 85% en julio).
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El cambio que prevé introducir el Gobierno en el decreto ley que deberá ratificar el Parlamento supone en la práctica casi duplicar el porcentaje del pago fraccionado mínimo (pasa del 12% al 23% ó el 25%) y multiplicar el número de empresas, al reducir a la mitad el límite de facturación (de 20 a 10 millones). El Gobierno ha ido incluso un poco más lejos de lo que había dado a entender el ministro de Economía en funciones, Luis de Guindos, que habló de una mayor recaudación de 6.000 millones de euros al aplicar un pago fraccionado mínimo del 20%; ahora se esperan 8.000 millones y porcentaje que se aplicará será del 23%.
El BOE deberá publicar un número extraordinario en la misma tarde del viernes para que los cambios estén operativos desde el día 1 de octubre, fecha en la que se abre el periodo de declaración trimestral voluntaria, hasta el día 20 de octubre. Además, habrá que realizar un nuevo pago fraccionado, entre el 1 y el 20 de diciembre.
DECLARACIÓN A DEVOLVER
Los pagos fraccionados son cantidades que anticipan los contribuyentes a cuenta de la liquidación definitiva de un impuesto, que normalmente se realiza en el año siguiente. Los pagos fraccionados a cuenta del impuesto de sociedades devengado en el 2016 se ajustarán definitivamente en la declaración que presenten las empresas en julio del año próximo. Entonces, si los pagos anticipados han sido muy elevados Hacienda tendrá que devolver las cantidades ingresadas de más. Así ha sido en los dos últimos años, en los que se aplicó el tipo mínimo de pago fraccionado. En el 2017 volverá a pasar (después de que el pago mínimo se haya recuperado para el 2016) y de una forma mucho más intensa (pues los adelantos van a ser mucho más abultados).
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