DECISIÓN DEL TJUE
La justicia europea corrige a la Comisión y avala las ayudas fiscales de España a multinacionales
Las empresas beneficiarias no tendrán que devolver las subvenciones
El Tribunal General de la UE (TJUE) ha anulado este viernes las decisiones de la Comisión que declararon ilegales las ayudas fiscales de España a las multinacionales españolas por comprar empresas extranjeras. El fallo, que da la razón a compañías como Autogrill y Banco Santander, considera que el Ejecutivo comunitario "no ha demostrado el carácter selectivo de este régimen".
La sentencia significa que las empresas españolas beneficiarias no tendrán que devolver las ayudas recibidas mediante este régimen.
El régimen en cuestión permitía a las multinacionales la amortización del fondo de comercio financiero (la diferencia entre el coste de las participaciones de una empresa y el valor de mercado de sus activos) en la adquisición de participaciones en empresas extranjeras. Iberdrola y Telefónica se beneficiaron de este régimen para comprar Scottish Power y O2, respectivamente.
La Comisión dictaminó en el 2009 que este sistema constituía una ayuda pública ilegal en el caso de la adquisición de empresas de la UE y en el 2011 prohibió también estas ayudas para la compra de compañías extracomunitarias. Además, ordenó el reembolso de las subvenciones concedidas con este sistema desde diciembre del 2007, fecha en que se abrió la investigación. El total de las ayudas a devolver todavía no había sido cuantificado por Bruselas y el Gobierno español.
En sus sentencias de este viernes, el Tribunal General anula las dos decisiones de la Comisión. El fallo señala que "la selectividad es uno de los criterios acumulativos que permiten calificar una medida de ayuda de Estado, y la Comisión no ha demostrado que el régimen español fuera selectivo".
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