CARLOS PUIGCERVER. EL JUEZ DE LA CLÁUSULAS SUELO DE BARCELONA

"Las demandas de los primeros días superan las previsiones"

El titular del Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona reclama medios para atender la avalancha de reclamaciones

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MAX JIMÉNEZ BOTÍAS / BARCELONA

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Carlos Puigcerver es el titular del Juzgado de Primera Instancia número 50 de Barcelona y quien debe hacerse cargo de la estructura judicial para atender las demandas sobre condiciones generales incluidas en contratos financieros con garantías reales inmobiliarias, cuyo prestatario sea una persona física. Se incluye en esta definición las cláusulas suelo, pero también gastos de constitución de hipoteca. Desde el día 1 de junio -el tres y cuatro fueron fin de semana, y el cinco, fiesta- le han sido asignadas 150 demandas relacionadas con el plan de urgencia que redactó el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por el que se crearon 54 juzgados en toda España para atender estas reclamaciones.

 "El ritmo de entrada de demandas de los primeros días superan las previsiones que se hicieron al asignar a los juzgados para cláusulas suelo", afirma Puigcerver, quien, hasta el momento, solo cuenta con la asignación de una juez en prácticas, Marta Nadal, pero que no dispone de oficinas, ni de funcionarios tramitadores. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) realizó unas previsiones, de acuerdo con el volumen de demandas presentadas en el primer trimestre, de 900 demandas al año, lo que daba origen al nombramiento de un juez de apoyo. Solo en el caso de superar esas cifras en unos 450 casos, se nombraría un segundo juez suplente. "Los datos de los primeros días puede que no sean significativos. La avalancha puede venir la semana que viene, si los datos que nos han facilitado llegan a ser de la magnitud que se prevé, evidentemente, la previsión de 900 demandas se queda corta", ha puesto de manifiesto.

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Los expedientes se acumulan en su despacho. Pero más allá de echarles un vistazo preliminar, todavía no se ha iniciado la tramitación. "La semana que viene tenemos que ver si se pueden habilitar las dependencias de la planta decimotercera de este edificio (Ciutat de la Justícia) que es donde hay hueco para ubicar la unidad de apoyo", ha destacado. 

CUESTIÓN DE MEDIOS

En su opinión, no se trata de una cuestión de números. "El problema es la escasez medios con los que se cuenta para atender las demandas". Puigcerver considera apropiado que se haya optado por una solución de especialización provincial -un juzgado por provincia-. "La materia lo merece. Pero el problema son los medios. Si son 10.000 demandas o 100.000 y no dotamos de medios a los juzgados provinciales, se van a colapsar". El éxito o el fracaso de esta solución dependerá de los compromisos de las administraciones implicadas. Y en este sentido, se apunta al Departament de Justícia de la Generalitat, que es quien debe aportar los medios adecuados.

El número 50 es el juzgado que se ocupa de la segunda oportunidad, los concursos de acreedores de las personas físicas. Razón por la cual una parte importante de su actividad no son sentencias, sino resoluciones relacionadas con esos concursos. Con todo ello, el juzgado resuelve unas 230 sentencias al año. Asume, por tanto que la carga de trabajo se incrementará con las nuevas demandas. Pero, "en principio, yo no voy a olvidar mis propias competencias: la segunda oportunidad de las personas, y eso no puede verse afectado por nada. Esto supondrá incremento de carga de trabajo. Pero espero que a través de las unidades que se tienen que crear se puedan asumir toda este trabajo". Pero precisa que "si un juez, en lugar de resolver 900 demandas, tiene que resolver 3.000, los plazos tendrán que irse a tres años y no a ocho meses, como hasta ahora".

No existe un patrón que permita estandarizar las demandas que se han presentado, explica, Puigcerver. Reconoce que entre las entidades a las que más se reclama están el Banco Popular, el Banc Sabadell y BBVA , pero aún es pronto para saber qué entidades han sido menos receptivas a la negociación de los clientes. Asumen que las pautas establecidas por los tribunales superiores se tendrán que seguir, pero, asimismo, considera que se trata de procedimientos en los que será raro llegar a juicio. "En el 80% de los casos el procedimiento deberá resolverse en la audiencia previa", con lo que ni se requerirá la presencia del demandante.