Más de 200 notarios han participado hasta el martes, en Sitges, en una de las sesiones del Congreso del Notario que durará hasta mayo del 2012 para coincidir con el 150 aniversario de la ley del notariado, considerada como la ley fundacional de este colectivo de fedatarios públicos. La elección de Catalunya como una de las sedes ha ido acompañada de la fijación del ámbito del derecho mercantil como eje de ponencias y debates. El anfitrión ha sido el decano de los notarios catalanes y vicepresidente de los españoles, Joan Carles Ollé.
Información publicada en la página 28 de la sección de Economía de la edición impresa del día 08 de septiembre de 2011 VER ARCHIVO (.PDF)
-A ustedes les gusta hablar de la autonomía de las partes cuando se crean sociedades o se suscriben contratos. ¿Cómo se definen en este proceso?
-Además de fedatarios somos consejeros o, si prefiere, asesores jurídicos. En esto nos diferenciamos de los anglosajones, cuya labor se limita a la de protocolizar documentos que les llevan.
-¿Hasta dónde llega la asesoría?
Nosotros configuramos la voluntad de las partes. Nuestra experiencia en el mundo de la empresa nos facilita poder aconsejar, por ejemplo, cómo establecer los protocolos en las empresas familiares y la sucesión.
-Minimizan los errores.
-La mejor justicia es la preventiva que se consigue con un buen asesoramiento. Se comprueba cuando llega el conflicto y este queda minimizado si las relaciones están bien reguladas. Nuestra obligación como fedatarios, además, es que cualquier acuerdo se adapte a las leyes. La función del notario es evitar conflictos.
-Alude a un aspecto muy sensible, las empresas familiares.
-Es muy importante saber ligar la sucesión a la transmisión de la empresa. En Catalunya está bastante bien regulada desde que en el 2008 se reformó el Libro IV sobre sucesiones del Código Civil Catalán. La nueva norma amplía el círculo de lo que tradicionalmente ha sido el hereu. Lo hemos explicado en Sitges.
-Catalunya exporta derecho.
-Podría parecerlo. El Código Civil español es muy limitativo y sí que en este sentido la experiencia jurídica catalana puede servir. Sobre todo porque una cosa es el pacto sucesorio en una empresa y otra el testamento. El testamento se puede revocar, el pacto sucesorio no, es un contrato. Por eso es un instrumento muy útil, ya conocido en Catalunya y puede servir al resto del Estado.
-También se ha propuesto la experiencia catalana sobre arbitraje.
-A los notarios nos gusta hablar de justicia preventiva, y el arbitraje, en el sentido de que evita ir a los tribunales, responde a esa iniciativa. Tenemos experiencia jurídica e independencia suficientes para ejercer esta labor entre empresas y particulares. En Sitges hemos explicado esta experiencia.
-En cambio, los precedimientos concursales no acaban de cuajar. Parecen un recurso para no pagar.
-El concurso de acreedores se concibió para mantener el tejido empresarial pero hoy la mayoría de procedimientos acaban en liquidación. La reforma ha de recuperar este espíritu. Se debe introducir el procedimiento preconcursal para que la empresa pueda negociar la refinanciación con sus acreedores. Los notarios tienen un papel reequilibrador.
-Esas ventajas no las tienen las familias y particulares.
-Queremos intervenir, aunque no se puede regular de la misma forma. Faltan leyes como la francesa, llamada de segunda oportunidad. Una empresa puede desaparecer, una familia no puede estar perpetuamente endeudada y perseguida. Habría que llegar a que cuando se pierden los bienes, las obligaciones con terceros se extingan.
-¿Qué le parece a un notario que el próximo presidente del Gobierno pueda ser un registrador?
-(Risas) Para ser presidente la profesión es irrelevante.
23/02/2012 Economía
23/02/2012 Barcelona
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