El juzgado de instrucción 1 de Barcelona ha imputado por delito de estafa al consejero delegado del Banco Inversis Net, Fernando Herrero Arnáiz, y al trabajador de la entidad J. G. P., tras la querella presentada en el 2011 por un cliente que considera que no se le informó de manera correcta sobre productos financieros que habiá contratado con la entidad y no pudo recuperar los 90.000 euros que había invertido, pese a haber expirado la fecha de vencimiento. La entidad financiera está participada por Caja Madrid y CAM.
El magistrado Joaquín Aguirre López sostiene que existen indicios de criminalidad tanto por información engañosa como por omisión de información esencial al cliente. El juez considera en un auto judicial que la intencionalidad engañosa “no residiría tanto en la información defectuosa, limitada, confusa, parcial y, en definitiva, mentirosa y engañosa facilitada por el Banco Inversis al cliente, sino en aquello que se le ocultó”. Finalizada la instrucción, fiscalía y acusaciones deben presentar sus peticiones de acusación o de sobreseimiento.
Esta pionera resolución abre la vía a la depuración de responsabilidades a través de la vía penal por la venta de productos financieros de riesgo, que hasta ahora se han ventilado mayoritariamente en el ámbito civil, dado que el juez considera que el banco era consciente del engaño a su cliente al ser conocedor de la crisis que se avecinaba en los mercados.
Para el magistrado, la "intencionalidad engañosa" que constituye el delito de estafa no reside tanto en la "información defectuosa, limitada, confusa, parcial y, en definitiva, mentirosa" que facilitó el banco, como en aquello que ocultó al cliente, que la rentabilidad prometida dependía de la marcha de la bolsa en un momento en que "era fácil prever una crisis".
Según el juez, los productos que Banco Inversis recomendó al querellante, considerado un "inversor minorista de perfil neutral", estaban ligados a la cotización bursátil de Iberdrola y Barcklays, pero de lo que no se informó al cliente es de lo que en julio de 2008 debía saber cualquier asesor financiero, "que resultaba prácticamente imposible que la bolsa volviera a subir". "De ninguno de esos riesgos se advirtió" al querellante, añade el auto, que apunta: "tal vez porque en aquellos momentos a la banca le interesaba incrementar su liquidez con capital de inversores particulares, puesto que el mercado interbancario estaba prácticamente cerrado".
El un comunicado emitido esta tarde, tras conocerse la decisión del juez , Inversis Banco ha vuelto a defender que "actuó en todo momento de forma correcta, proporcionando al cliente toda la información necesaria y exigida por la ley en relación al producto de inversión que el querellante estaba adquiriendo". Y ha infromado que sus abogados presentarán los escritos pertinentes en los que se solicitará el archivo de esta causa.”