NUEVO REAL DECRETO

Hacienda podrá perdonar la mitad de la deuda a empresas en concurso

El Gobierno asume una exigencia del FMI y la Comisión Europea

ROSA MARÍA SÁNCHEZ / MADRID

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Hacienda y la Seguridad Social podrán asumir quitas de más del 50% en sus deudas pendientes de cobro en empresas en proceso concursal si ello contribuye a mantener su viabilidad.

Esta es una de las principales novedades del real decreto de reforma concursal aprobado por el Consejo de Ministros con el objetivo de «garantizar la supervivencia de empresas viables» con problemas en el pago de sus deudas y «evitar que se vean abocadas a su liquidación», según la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, y el ministro de Economía, Luis de Guindos.

El decreto constituye un paso más respecto de la reforma del proceso preconcursal de marzo. La posibilidad de que acreedores públicos asuman quitas como cualquier otro acreedor sujeto a un convenio general de un proceso concursal era una demanda reiteradamente planteada a España por el FMI, la OCDE y la Comisión Europea.

El mecanismo

El decreto agrupa los llamados acreedores privilegiados (cuyas deudas tienen prioridad de cobro) en cuatro grupos: laborales, públicos, financieros o el resto.

Cada acreedor privilegiado mantiene la posibilidad de adherirse de forma voluntaria al convenio general, que puede establecer quitas superiores al 50% y aplazamientos de las deudas de 5 a 10 años. La novedad del decreto es que permite imponer el convenio a los acreedores privilegiados disidentes (no voluntarios) si así lo deciden otros acreedores que representen el 60% o el 75% del pasivo de ese mismo grupo (laborales, públicos, financieros y resto), dependiendo de las medidas a aplicar.

Es decir, si Hacienda se resiste a aceptar una quita superior al 50% de la deuda, pero el 75% de los demás acreedores públicos (Seguridad Social, ayuntamientos y comunidades autónomas) deciden lo contrario, el fisco deberá asumirlo.

Hasta ahora, los acreedores públicos podían suscribir convenios singulares para aligerar el peso de la deuda sobre las empresas en procesos concursales. Así, según datos del Ministerio de Hacienda, desde el 2006 se han asumido quitas por 74 millones de euros (32 de ellos, desde el 2012). Además, cada año la Agencia Tributaria aplaza y fracciona el pago de entre 5.000 y 6.000 millones de euros de deuda con el fisco.

Para los casos en que sea inevitable llegar a la liquidación, el decreto introduce medidas para «facilitar la venta del conjunto de la empresa y evitar el troceamiento que aboca a su desaparición», según De Guindos. Además, se constituye un portal telemático en el BOE con información sobre las empresas en liquidación para facilitar su venta.

Desahucio por cláusula abusiva

Para cumplir la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 17 de julio, se establece que en los procedimientos de desahucio, el deudor hipotecario podrá interponer recurso de apelación contra el auto que desestime su oposición a la ejecución, si esta se apoya en una cláusula contractual abusiva. Esto será aplicable a los procedimientos de ejecución hipotecaria en los que no se haya producido la puesta en posesión del inmueble al adquirente. Para los demás casos, la medida tiene carácter retroactivo y se abre un plazo de un mes para presentar los recursos.