EL ACCESO A LA VIVIENDA

La Generalitat gravará hasta 21.700 inmuebles vacíos propiedad de los bancos

El nuevo tributo inicia el periodo de exposición pública con el objetivo de tramitarlo en julio en el Parlament

AGUSTÍ SALA / Barcelona

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La Generalitat gravará entre 10.700 y 21.700 viviendas vacías propiedad de los bancos a través de un impuesto que ha sometido a exposición pública por parte de la Conselleria d'Economia. Con el nuevo gravamen, que el Govern prevé aplicar a partir del próximo 1 de enero, se espera recaudar entre ocho y 25 millones de euros. El nuevo tributo inicia el periodo de exposición pública con el objetivo de tramitarlo en julio en el Parlament.

El impuesto, diseñado por Economia y el Departament de Política Territorial, se aplicará en muncipios "con demanda acreditada de vivienda", según el anteproyecto. Según datos de la Agencia Catalana de Vivienda, en la actualidad hay en Catalunya 80.000 inmuebles nuevos pendientes de comercializar y casi 450.000 pisos vacíos. El proyecto de normativa excluye las viviendas de más de 120 metros cuadrados de superficie útil, así como los de administraciones públicas y de entidades del tercer sector que formen parte de la red de vivienda de inserción que regula el plan para el derecho a la vivienda.  

El nuevo tributo recaerá sobre viviendas vacías propiedad de bancos y en municipios en los que existe mucha demanda insatisfecha. El Govern asegura que existentes tributos comprables en Francia, el Reino Unido y Dinamarca. El Ejecutivo catalán justifica el impuesto en la coexsitencia en Catalunya de "una demanda de vivienda asequible" con "un importante estoc de inmuebles vacíos". El anteproyecto prevé destinar los ingresos "a finananciar las actuaciones protegidas en los planes de vivienda".

Alquiler asequible

El objetivo del gravamen es conseguir que los dueños de las viviendas, los bancos, las destinen a alquiler asequible. El gravamen será de 500 euros por piso vacío cuando la entidad cuente con hasta 120 viviendas; de 825 euros cuando tenga entre 120 y 600 inmuebles; y de 1.650 euros por piso vacío cuando sea titular de más de 600 inmuebles.

Está prevista una bonificación en la cuota si el banco decide destinar parte del parque vacío a alquiler asequible. La rebaja será del 10% cuando lo haga con entre el 5% y el 10% de sus viviendas sin ocupar; del 30% si lo hace con entre el 10% y el 25%; del 50% si lo hace con entre el 25% y el 40% y del 75% si lo hace con más del 40%. La bonificación será del 100% si destina a alquiler asequible el doble de las viviendas de su propiedad sujetas al impuesto.