EMPRESA EMBLEMÁTICA

Fiesta, el fabricante de piruletas y Kojak, buscará un comprador tras entrar en liquidación

La compañía asegura que sigue en plena normalidad operativa y seguirá suministrando productos

Lote de caramelos de la empresa Fiesta.

Lote de caramelos de la empresa Fiesta. / periodico

SONIA GUTIÉRREZ / BARCELONA

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La compañía de dulces Fiesta, fabricante de las famosas piruletas con forma de corazón, los caramelos con chicle Kojak, Fresquito y Lolipop entre otros productos, ha anunciado esta tarde que está en situación de "plena normalidad operativa" y que espera vender la unidad productiva "en las mejores condiciones posibles". La aclaración de la empresa se produce después de que un juez de Madrid haya abierto la fase de liquidación de la compañía.

La empresa Fiesta SA, con una fábrica en Alcalá de Henares (Madrid) en la que trabajan 145 personas, se encuentra inmersa en un proceso de reestructuración liderado por el administrador concursal, Francisco Vera. El objetivo, según una nota de la compañía, es garantizar la "viabilidad a largo plazo" y posibilitar la venta de la unidad productiva. El plan incluye desechar actividades poco rentables y potenciar nuevos mercados, añade la empresa.

El administrador concursal está contacto con los representantes de los trabajadores y con los principales proveedores de la compañía para seguir suministrando "con absoluta normalidad" a los 45.000 puntos de venta en España. 

La venta de la unidad productiva se realizará mediante un método pionero, añade Fiesta, mediante el uso de un aplicativo web "que garantizará la objetividad y transparencia del proceso".

DISOLUCIÓN Y CESE DE LOS ADMINISTRADORES

Fiesta presentó concurso volutario de acreedores, pero ante la imposibilidad de cumplir el convenio aprobado, el juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid ha abierto la fase de liquidación del fabricante de caramelos, a petición del deudor, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE). El juez declara disuelta Fiesta SA, y cesa a sus administradores, reponiendo en el cargo al administrador concursal.

El juzgado recuerda que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación en el BOE.