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LAS CONDICIONES DE LA AYUDA A LA BANCA

España deberá pactar otro memorando si usa parte del rescate bancario para deuda

Los préstamos europeos permiten destinar el dinero no gastado a otros fines con un acuerdo adicional y nuevas condiciones

Jueves, 19 de julio del 2012 - 13:57h. Imprimir Enviar esta noticia Aumentar/ Reducir texto
ELISEO OLIVERAS / Bruselas

El Acuerdo Marco de Asistencia Financiera europea a España establece que si el Gobierno de Mariano Rajoy deseara utilizar una parte del rescate bancario para apoyar a la deuda pública española en los mercados debe negociar un nuevo memorando y unas nuevas condiciones con el Eurogrupo para ello. La Comisión Europea ha señalado este jueves que se ha producido una interpretación errónea en algunos medios de comunicación sobre las cláusulas estándar que incluyen los acuerdos marco de asistencia financiera.

El comisario económico, Olli Rehn, el pasado 10 de julio en Bruselas. THIERRY ROGE | EFE

"El rescate pactado está destinado al objetivo preciso de recapitalizar la banca española, no a otros objetivos", ha destacado el portavoz del comisario de Asuntos Económicos y Monetarios, Olli Rehn. "La enumeración de las distintas posibilidades que figura en el acuerdo marco se realiza meramente a nivel informativo", ha añadido Rehn.

"El préstamo de hasta 100.000 millones como máximo está destinado a la banca. Si se quiere destinar a otros objetivos hay que formular una nueva demanda y seguir los procedimientos previstos", ha insistido el portavoz de Rehn.

Nueva petición si cambia el objetivo

El Acuerdo Marco de Asistencia Financiera a España señala en su página 15 de su versión inglesa que si el estado beneficiario deseara obtener ayuda financiera para otro fin que la recapitalización bancaria con los fondos no utilizados en la banca debe efectuar una nueva petición escrita al Eurogrupo.

La nueva ayuda, precisa el documento, estaría sometida a la modificación previa del memorando con la inclusión de las nuevas condiciones exigidas para cada una de las diferentes posibilidades de ayuda financiera europea a un país en apuros, a partir de una propuesta de la Comisión Europea, del Banco Central Europeo (BCE) y si correspondiera del Fondo Monetario Internacional (FMI). Esas nuevas condiciones deberían ser aprobadas por el Eurogrupo e ir acompañadas de un nuevo acuerdo financiero técnico, indica el documento.

Estas cláusulas estándar incluidas en los acuerdos marco financieros pretenden agilizar los trámites para una eventual utilización de parte de los fondos no gastados para otros fines, ya que mientras no se supere el techo del préstamo europeo no es necesario que los demás países tengan que volver a obtener la aprobación parlamentaria para el uso adicional de los fondos previstos.

En el caso de España, si el Gobierno quisiera utilizar una parte de los 100.000 millones destinados a la banca para apoyar la deuda pública española, la aprobación de ese uso complementario no requeriría que volviera a ser aprobado por los parlamentos de los demás países de la eurozona. No obstante, el Gobierno debería efectuar en cualquier caso la petición escrita, obtener la aprobación del Eurogrupo y aceptar las nuevas condiciones que se le pudieran imponer, ha insistido la Comisión Europea tal como detalla el acuerdo marco financiero.

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