PLANTEADO POR LA AUDIENCIA

El Constitucional da por extinguidas las dudas sobre si quitar la paga extra fue constitucional

El tribunal no se pronuncia sobre la cuestión porque los presupuestos del 2015 recuperaron parte de la retribución

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El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad que le planteó la Audiencia Nacional sobre la supresión de la paga extraordinaria de diciembre del 2012, puesto que los funcionarios empezaron a recibir una parte el pasado enero.

El pleno ha adoptado esta decisión por unanimidad al entender que la cuestión que le elevó la Audiencia en julio del 2013 ha perdido "su objeto", ya que a principios de año se hizo efectiva la recuperación de una parte de la extra, según la ley de presupuestos generales del Estado para el 2015.

Los magistrados no se pronuncian sobre si la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional tenía razón al dudar de si la supresión de la paga extra de diciembre a los empleados públicos aprobada por el Gobierno en julio del 2012 fue constitucional, pues este tribunal se ciñó a poner en tela de juicio la retroactividad de la norma y no su totalidad.

En concreto, la Audiencia, que analizaba un recurso planteado por varios sindicatos contra la dirección de la Compañía Española de Tabaco (CETARSA), señaló que el artículo 2 del real decreto ley 20/2012, de 13 de julio, podría haber vulnerado el artículo 9.3 de la Constitución, que garantiza que no se puedan aplicar con carácter retroactivo las disposiciones que limiten derechos individuales.

PRESUPUESTOS GENERALES

Para el Constitucional, sin embargo, la previsión contenida en la ley de presupuestos generales del Estado para el 2015 tiene una incidencia "innegable" tanto en ese procedimiento laboral como en la presente cuestión de inconstitucionalidad.

Como consecuencia, la recuperación por esos trabajadores de la parte proporcional correspondiente a los primeros 44 días de la extra "supone la satisfacción extraprocesal de la pretensión deducida en el proceso laboral sobre la que se articula la presente cuestión". Por el mismo motivo, añade el tribunal, quedan extinguidas las decenas de cuestiones de inconstitucionalidad formuladas por otros órganos jurisdiccionales contra el real decreto.