REGULACIÓN DEL MERCADO DE TRABAJO
El Constitucional justifica el aval a la reforma laboral por la alta tasa de paro
El Alto Tribunal considera que el año de prueba del nuevo contrato permite ver la aptitud del trabajador y la sostenibilidad económica del empleo
El Tribunal Constitucional justifica la decisión adoptada por la mayoría conservadora de avalar el nuevo contrato de la reforma laboral con un año de prueba porque se trata de una "medida legislativa coyuntural adoptada en un contexto de grave crisis económica con una elevada tasa de desempleo". Además, el Alto Tribunal considera que durante ese año de prueba, en el que el despido se gratis y sin causa, el empresario puede "comprobar la capacitación y aptitud del trabajador" así como la "sostenibilidad económica del nuevo puesto de trabajo".
Según el avance de la sentencia que ha hecho público el Tribunal Constitucional mediante un comunicado, la aprobación del nuevo contrato para emprendedores "atiende a la legítima finalidad de potenciar la iniciativa empresarial como medio para facilitar el empleo estable". "Se trata, en suma, de una medida dirigida a facilitar las decisiones de creación de empleo estable de las pequeñas y medianas empresas (que constituyen la inmensa mayoría del tejido empresarial español), reduciendo las incertidumbres propias de todo proyecto de inversión empresarial, en una coyuntura económica tan difícil y adversa como la actual”.
Asimismo, los nueve magistrados que han votado a favor de desestimar el recurso presentado por el Parlamento de Navarra justifican la ampliación de la potestad de las empresas para descolgarse de los convenios colectivos y dejar de cumplir aspectos básicos como el sueldo y la jornada debido a la necesidad de “facilitar la viabilidad del proyecto empresarial y evitar el recurso a decisiones extintivas de los contratos de trabajo" en un contexto de crisis económica “muy grave”.
El Constitucional menciona el voto participar en contra de la sentencia emitido por el magistrado Fernando Valdés, al que se han sumado Adela Asua y Luis Ortega, en el que se sostiene que el nuevo contrato de emprendedores viola "el principio de causalidad de las extinciones contractuales debidas a la voluntad del empresario".
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