PRÁCTICAS BANCARIAS

Bruselas defiende la nulidad de las cláusulas suelo desde su contratación

La Comisión Europea presenta sus alegaciónes al Tribunal de Justicia Europeo que debe resolver consulta de tribunales españoles

Protesta de afectados por las cláusulas suelo y otros productos financieros, ante la sede del Banco de España en Barcelona.

Protesta de afectados por las cláusulas suelo y otros productos financieros, ante la sede del Banco de España en Barcelona.

SILVIA MARTÍNEZ / MAX JIMÉNEZ BOTIAS/ BRUSELAS/BARCELONA

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La Comisión Europea defiende la retroactividad total de las cláusulas suelo si son declaradas nulas en sentencia firme. Así lo ha comunicado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que le ha pedido opinión sobre el tema al ser consultado por algunos tribunales españoles sobre esa cuestión. Los fiscales de la Comisión han elevado al tribunal un informe en respuesta a un caso de Cajasurfilial de Kutxabank, por una cláusula suelo de una hipoteca.

La Comisión desmonta la argumentación de la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de mayo del 2013 en la que pidió una devolución parcial de esta cláusula en una sentencia que afectaba al BBVA, Abanca y Cajamar. Este tribunal condenó a las entidades a reintegrar lo cobrado desde la publicación de la sentencia, en adelante, pero no todo lo anterior. El Gobierno español defiende también la retroactividad solo hasta mayo de 2013. Y el Banco de España y el BCE apoyan al Ejecutivo.

Bruselas sostiene en su argumentación que « el cese en el uso de una determinada cláusula declarada nula por abusiva, como consecuencia de una acción individual ejercitada por un consumidor no es compatible con una limitación de los efectos de dicha nulidad». Y agrega que «no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ya ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia». Es decir, que la nulidad debe trasladarse hasta el momento en el que fue firmada la cláusula y no al de la sentencia, con lo que debería devolverse todo el dinero cobrado por la aplicación de la cláusula.

El caso se refiere a una petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada el pasado 1 de abril del 2015 ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que publicaba poco después el asunto en el Diario Oficial de la Unión Europea. El caso está actualmente en fase de procedimiento escrito lo que significa que toda parte interesada, como han hecho por ejemplo la Comisión Europea o la República Checa, pueden presentar alegaciones por escrito. De momento, según fuentes de la corte europea de justicia, no hay fecha prevista para la vista, que será el siguiente paso en el procedimiento. El plazo medio en este tipo de casos prejudiciales para que los jueces europeos se pronuncien es de 16 meses lo que significa que la sentencia podría salir entorno al mes de agosto del 2016.

Es previsible que antes se pronuncien los tribunales españoles por las misma cuestión. Desde hace tres meses, la banca aguarda con expectación la respuesta que debe dar la jueza del Juzgado Mercantil número 11 de Madrid a la macrodemanda interpuesta por 15.000 afectados por las cláusulas suelo. Ante la expectativa de que los tribunales se pronuncien en contra de los topes impuestos en las hipotecas por esas cláusulas algunas entidades han preferido avanzarse a las resoluciones judiciales. De hecho, el pasado viernes, <strong>CaixaBank</strong> anunció que eliminará todas las cláusulas de los contratos de sus clientes particulares, una media que afecta a 200.000 contratos de 1,3 millones de hipotecas que tiene activos. Otro ejemplo reciente es Bankia, que ha eliminado este suelo en unas 30.000 hipotecas, lo que, según la entidad no supone un gran impacto, ya que solo representan entre el 3% y el 4% de su cartera de préstamos hipotecarios.