CINCO PREGUNTAS SOBRE EL SECRETO BANCARIO DE ANDORRA

Blanqueo de imagen

X 8Tetueros nit iril iure venisis modolesed min exer iure conse minci

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ROSA MARÍA SÁNCHEZ / MADRID

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En los últimos años, Andorra ha empezado a dar algunos pasos para difuminar su aquilatada imagen de refugio de defraudadores fiscales labrada en el pasado reciente al amparo de su secreto bancario. Se dice que Andorra es el refugio natural para muchos catalanes que desean ocultar su patrimonio al fisco español, lo mismo que Gibraltar lo es para muchos andaluces con iguales pretensiones.

¿Es Andorra un paraíso fiscal?

Desde un punto de vista formal, no. Aunque mantiene el secreto bancario, el Principado completó en el 2010 la firma de 12 convenios de intercambio de información fiscal (uno de ellos, con España) cumpliendo así la exigencia de la organización de países desarrollados OCDE para permitir a un país salir de la lista negra de los paraísos fiscales. Para llegar a la docena, algunos se firmaron con exparaísos como Liechtenstein o Mónaco.

¿Facilita datos a España?

A muy duras penas y a cuentagotas. Según el convenio de doble imposición sellado en el 2010, Andorra se compromete a facilitar información de cuentas bancarias que sean objeto de una investigación judicial, pero esto  solo después de un tortuoso y largo procedimiento con el que se acaban estrellando muchos inspectores fiscales y jueces españoles cuando requieren datos, como empieza a suceder ahora con el caso de la familia de Jordi Pujol. De ninguna manera Andorra se comprometió a facilitar información por grupos de contribuyentes, lo que se conoce como fishing o «expediciones de pesca» (por ejemplo, del colectivo de titulares de un determinado producto financiero). Los requerimientos de información deben ser individuales y muy pormenorizados de modo que, según interpreta la propia Asociación de Bancos Andorranos interpreta que «se mantiene un alto grado de confidencialidad en relación al cliente».

¿Qué tipo de información aporta?

En Andorra no existe el delito fiscal y  en la práctica el país no facilita a otros países datos sobre titulares de cuentas bancarias a no ser que se justifique que la ocultación de fondos está vinculada a otras figuras penales, ya sea un delito de cuello blanco (de tipo societario) o de blanqueo de capitales de actividades ilícitas (tráfico de armas o drogas, terrorismo o cualquier otro), perseguidas en el Principado. Aun así el procedimiento es tortuoso pues a cada paso se da al titular de las cuentas la posibilidad de recurrir, como se está viendo ahora en la investigación judicial sobre el caso Pujol.

¿Se ha avanzado algo?

Sí. En enero de este mismo año, un presidente español, Mariano Rajoy,  viajó por vez primera a Andorra y allí se firmó un convenio «para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal» que prevé un intercambio automático de datos a partir del 2018 sobre cuentas que estén abiertas a finales del 2015 o que se abran después siempre y cuando lo haga «todo el mundo» (léase Suiza, Liechtenstein o cualquier paraíso fiscal), según recalcó el presidente andorrano, Antoni Martí. Lo mejor de ese acuerdo es que Andorra podría empezar a atender requerimientos grupales de información. Es decir, España podrá solicitar a Andorra información sobre un grupo de españoles que tengan suscrito un mismo producto financiero en una entidad bancaria andorrana, y que no haya sido declarado a la Hacienda española. En todo caso, el convenio aún debe ser ratificado por ambos parlamentos.

¿Será eficaz contra el blanqueo?

Habrá que esperar a ver. Andorra se ha sumado al acuerdo multilateral de intercambio automático de información sobre cuentas financieras que 54 países y territorios (España entre ellos) firmaron en Berlín a finales de octubre siguiendo el modelo de acuerdo FATCA con Estados Unidos. Pero, según  la organización Tax Justice Network (TJN), que combate la evasión fiscal en todo el mundo, el acuerdo de Berlín incluye un «principio de especialidad» según el cual los datos intercambiados solo podrán utilizarse para combatir el fraude fiscal, «pero no para luchar contra la corrupción y el lavado de dinero».