Escollos al plan de ajuste del Gobierno

El Constitucional estudiará el recorte salarial de los empleados públicos

Manifestación de funcionarios en Girona por el recorte el pasado 8 de junio.

Manifestación de funcionarios en Girona por el recorte el pasado 8 de junio.

M. JANSA /M. BATALLAS / Madrid

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El recorte salarial de los empleados públicos, que tienen condición de contratados, no de funcionarios, decretado el pasado mes de mayo, lleva camino de complicarle la vida al Gobierno. La decisión tomada ayer por la sala de lo social de la Audiencia Nacional de plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), por considerar que vulnera los derechos de libertad sindical e igualdad es una severa advertencia, ya que da la posibilidad de anular parte de una decisión con la que el Gobierno buscó ahorrar unos 2.400 millones de euros en el marco de las medidas de reducción del déficit.

El auto de la Audiencia responde al recurso que presentó CCOO de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) contra el recorte del 5% de media de los sueldos públicos. Afecta a los 1.750 asalariados de este organismo público que vieron disminuidos sus ingresos, a diferencia de los de otras empresas públicas como AENA, ADIF y Renfe, que quedaron excluidos del decreto.

Los sindicatos, sin prejuzgar la resolución final del conflicto, consideran que la Audiencia les da la razón. Una eventual declaración de inconstitucionalidad afectaría a otros conflictos colectivos pendientes de juicio y obligaría a revisar y poner al día las remuneraciones de más de 400.000 asalariados públicos de todas las administraciones, entre ellos maestros, médicos o archiveros.

NO FUNCIONARIOS// Los magistrados consideran queel tijeretazodecidido por el Gobierno solo puede afectar a los funcionarios, pero no al personal laboral, ya que éste tiene capacidad de negociación colectiva específica. «No creemos constitucionalmente posible que se pueda suspender, modificar o suprimir un convenio colectivo durante su vigencia, mediante un decreto ley», afirman en el auto.

Pese a las críticas de los sindicatos de la función pública, el Gobierno justificó su decisión en que el acuerdo de retribuciones para los años 2010-2012 podría quedar en suspenso por razones económicas extraordinarias, un extremo que niega ahora el tribunal. Los jueces explican que no les corresponde a ellos juzgar si el Gobierno actuó de forma oportuna o no al dictar el decreto, pero rechazan la vía del decreto.

DERECHO A NEGOCIAR // Además, dudan que sea «constitucionalmente posible» que se pueda suspender o modificar las condiciones laborales de un convenio mediante un decreto puesto que afecta a derechos como el de negociación colectiva y libertad sindical. En este sentido, recuerda que se podría haber esquivado esta irregularidad tramitando en las Cortes eldecretazocomo proyecto de ley, como se hizo con la reforma laboral.

Además, la Audiencia eleva este asunto al alto tribunal porque sostiene que el decreto afecta al derecho de igualdad. Considera que se trata «peyorativamente» a los trabajadores de la FNMT respecto de los de Renfe, Adif y AENA -los directivos sí fueron objeto de recorte salarial-, y considera que el Gobierno actuó «sin explicación alguna» que justifique un «trato diferenciado».

Los magistrados consideran además que reducir el 5% la masa salarial consolidada en la negociación colectiva es «una medida desconocida en nuestras relaciones laborales». Y aseguran que podría llegarse al absurdo de justificar el recorte del déficit público reduciendo los salarios de empresas con plantillas pequeñas, como la de la FNMT, mientras se excluye de la medida a las entidades públicas «controvertidas» que «tienen plantillas de grandes dimensiones» como Renfe, Adif y AENA.

El Tribunal Constitucional no tiene plazo para resolver esta cuestión. Sin embargo, hasta que el alto tribunal no se pronuncie, la Audiencia no podrá dictar sentencia, ya que tendrá que aplicar obligatoriamente la doctrina que le marque el Constitucional. Tampoco podrán hacerlo en otros recursos por el mismo decreto.