Polémica decisión del Comité de Competición
Solo dos partidos de sanción a Mourinho por meter el dedo en el ojo de Vilanova
El segundo entrenador del Barça, castigado con un partido por replicar
La agresión del entrenador del Madrid,José Mourinho, al segundo técnico del Barça,Tito Vilanova, en los minutos finales del partido de vuelta de laSupercopa de España, le va a salir muy rentable al técnico portugués del equipo blanco. El juez único de Competición de laFederación Española de Fútbol ha decidido que la acción de Mourinho, que le metió intencionadamente el dedo en el ojo al ayudante deGuardiolaen el banquillo barcelonista, solo merece una sanción de dos partidos, a cumplir además en encuentros de Supercopa. El mismo juez considera que la réplica instantánea de Vilanova a la agresión, con un bofetón en el cogote, merece un partido de sanción. O sea, la mitad que la sanción aplicada al agresor.
Competición ha impuesto asimismo una multa de600 euros tanto a Mourinho como a Vilanova por aquel incidente, y multas de 180 euros al Madrid y de 90 al Barça por el mismo motivo.
La decisión llega 50 días después de los hechos, ocurridos el pasado 17 de agosto en elCamp Nou, al final del partido que dio el título de campeón de la Supercopa al Barça, que ganó el partido por 3-2. Una entrada deMarcelosobre Cesc en el tiempo añadido provocó la trifulca que acabó con las expulsiones deÖzil, por parte del Madrid, y Villa, por parte del Barça. Mientras los jugadores se enzarzaban en peleas y discusiones, Mourinho se dirigió tranquilamente hacia Vilanova y le metió el dedo índice derecho en el ojo del segundo técnico azulgrana.
El precedente italiano
Un caso similar, ocurrido el pasado domingo en el partidoItalia-Irlanda de la Copa del Mundo de rugbi, se saldó con un castigo de 15 semanas al jugador transalpino Leonardo Ghiraldini, que no podrá jugar durante ese tiempo ni con la selección ni con su equipo, el Treviso.
Lajusticia deportiva española, en este caso, ha sido mucho más benévola con el agresor. Competición ha reducido a la mínima expresión el castigo a los protagonistas del incidente del Camp Nou. El juez instructor del caso había propuesto una suspensión de tres encuentros para Mourinho y de uno para Vilanova por infracciones previstas en el artículo 123 del Código Disciplinario, que hace referencia a la violencia en el juego, pero que no produzcan consecuencias dañosas o lesivas.
Ánimo de herir
El juez de Competición ha considerado, en el caso de Mourinho, "la inexistencia de lesión o la falta de prueba concluyente en el ánimo de herir". En relación a Vilanova, el juez señala compartir el criterio del instructor "al apreciar la concurrencia de atenuante de provocación", tras estimar que su acción fue "una respuesta inmediata, sin solución de continuidad, propocionada y suficiente frente al acometimiento que sufre por parte del Sr. Mourinho".
Ante esas sanciones, que serán aplicables tan solo en la Supercopa, cabe interponer recurso ante elComité de Apelación de la federación española en el plazo de 10 días.
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