PUGNA

Cornellà y El Prat se disputan los terrenos del estadio del Espanyol y de un centro comercial

Ambas ciudades cierran sin acuerdo el acta de delimitación de sus términos municipales

EUROPA PRESS / CORNELLÀ DE LLOBREGAT

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Los ayuntamientos de Cornellà de Llobregat y de El Prat de Llobregat han cerrado sin acuerdo el acta de delimitación de sus términos municipales ya que ambos reclaman para sí una zona de unas 50 hectáreas en la que se ubican el estadio del Reial Club Deportiu Espanyol y el centro comercial Splau.

A principios del siglo XX, el río Llobregat se fijó como la línea divisoria entre Cornellà y El Prat, pero hace unas décadas el curso del río se modificó hacia el sur, sin que la línea de término cambiara.

La zona por la que antiguamente pasaba el río -y que ahora acoge el estadio del Espanyol y el centro comercial- se conoce como el sector de La Plana del Galet y queda dividida entre los dos términos municipales.

EL RÍO, LA REFERENCIA

La teniente de alcalde de Urbanismo del Ayuntamiento de El Prat, Alba Bou, explicó que "Cornellà considera que la línea de delimitación municipal debería fijarse por donde ahora va el río, mientras que El Prat defiende que la línea de término siga igual". "No es coherente que haya que ir modificando los términos municipales en función del curso del río, que ha cambiado por la acción del hombre", según Bou.

Por su parte, el Ayuntamiento de Cornellà confirmó que existe un desacuerdo sobre la delimitación pero ha declinado entrar en más detalles sobre la disputa.

De cambiarse la línea de delimitación hasta el río, Cornellà se haría con unas 50 hectáreas del sector de La Plana del Galet que actualmente pertenecen al término de El Prat, según el consistorio de este municipio.

IMPUESTOS EN JUEGO

La actual división territorial permite a El Prat cobrar los impuestos municipales de todos los establecimientos del centro comercial Splau y el 20% de los tributos que corresponden a la actividad del estadio del Espanyol, unas contribuciones que pasarían a manos de Cornellà en caso de modificación de los términos municipales.

Una vez los plenos municipales de ambos ayuntamientos aprueben el acta de delimitación con desacuerdo, la resolución corresponderá al titular del Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda, previo informe de la Comisión de Delimitación Territorial y dictamen de la Comisión Jurídica Asesora.

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