El tribunal paraliza el nuevo contrato eléctrico de Barcelona

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CARLES COLS / BARCELONA

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Las grandes eléctricas han ganado la primera escaramuza previa a la gran batalla que están a punto de librar contra el Ayuntamiento de Barcelona. El Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, un organismo independiente adscrito a la Generalitat, ha aceptado las medidas cautelares que solicitó Endesa (la compañía que aún gestiona el servicio) para que el gobierno municipal no pueda resolver este próximo viernes el concurso de adjudicación del contrato municipal de la luz.

Los preliminares de este pulso son todos noticia de estos últimos días. En resumen, el ayuntamiento convocó el concurso e introdujo entre las cláusulas de obligado cumplimiento por parte de los ofertantes la obligatoriedad de aceptar una batería de medidas de lucha contra la pobreza energética. Contra todo pronóstico, Endesa y Gas Natural no presentaron oferta. El contrato es importante, de 65 millones de euros. La sospecha de los responsables municipales es que ambas compañías creyeron que el concurso quedaría desierto. No fue así, se presentaron como mínimo cuatro pequeñas empresas energéticas. Lo previsto, así las cosas, era resolver el concurso este viernes, pero Endesa y Gas Natural recurrieron ante el tribunal.

De momento, esta autoridad administrativa no ha entrado en el fondo de la cuestión. Sencillamente, ha aceptado las medidas cautelares, es decir, que se detenga el cronómetro. En términos tenísticos, punto para las eléctricas, pero el set es largo.

RESPUESTA MUNICIPAL

Fuentes del Ayuntamiento de Barcelona, nada más conocer la decisión del tribunal, explican que se ha acelerado la redacción de las alegaciones contra esa medida. Quieren que el tribunal entre cuanto antes en el fondo de la cuestión, que analice si los argumentos de esas dos eléctricas son sólidos o, como sostiene el equipo de gobierno, no tienen base.

En sus alegaciones, Endesa y Gas Natural exponen sobre todo dos argumentos. El primero es que las medidas de lucha contra la pobreza energética, en las que las administraciones exigen corresponsabildad, pago a medias de los impagos, por resumirlo, no afectan a las pequeñas empresas que se han presentado al concurso porque no tienen apenas clientes en la ciudad.

PARADOJA ADMINISTRATIVA

Las opciones de que ese argumento convenza al tribunal son escasas, confía el ayuntamiento. El otro es el que causa más inquietud. Las empresas denuncian en sus alegaciones que el nuevo contrato exige el cumplimiento de un convenio sobre pobreza energética que aún está pendiente de redactar. Lo único que hará ese convenio es poner negro sobre blanco lo previsto en la ley catalana contra la pobreza energética, pero las empresas sostienen que aceptar ese texto sin conocer previamente la letra pequeña crea una suerte de paradoja admininistrativa inaceptable.

La batalla, y más la guerra, se prevé, así, larga. En caso de que el tribunal dé la razón a las eléctricas en ese segundo argumento, el ayuntamiento optaría por redactar de nuevo las bases del concurso incluyendo todos los detalles de ese futuro convenio. Eso podría conducir el caso a nuevos recursos, o al menos eso se puede deducir de la lectura de las alegaciones presentadas, por ejemplo, por Endesa y a las que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. La empresa sostiene, en esencia, que la lucha contra la pobreza energética no es el objetivo del contrato, sino simplemente el suministro de electricidad.

Aunque en lenguaje propio de un recurso, así se entiende en este extracto del recurso. "(...) tanto el anuncio como los pliegos mencionan -dentro del objeto del contrato- un segundo objeto supuestamente consistente en 'la atención y reducción de la pobreza energética', cuestión esta que (…) no es susceptible de ser contratada por la Administración pública con ningún operador”. Y prosigue: “Dicho objeto aparece como completamente desvinculado, tanto de las necesidades públicas a satisfacer -que justifican la contratación del suministro (verdadero y único objeto del contrato)- como de los criterios a tener en cuento a la hora de adjudicar el contrato”.

Según defiende Endesa ante el tribunal, "el principio de transparencia exige que las cláusulas contractuales no sean ambiguas y no generen inseguridad jurídica sobre cuál es el objeto de la licitación y su idoneidad", y que por ello "no cabe introducir en el contrato obligaciones o prestaciones accesorias que no guarden relación directa con el objeto del mismo".