El exceso de aforo no era razón suficiente como para cerrar una discoteca porque es más importante mantener el empleo de las 25 personas que trabajan en su interior. Y ahora, el hecho de que un joven menor de edad falleciera en la puerta del mismo local la noche en la que recuperó la actividad no tiene nada que ver con el fallo judicial. La discoteca Capitolio, en el polígono de Can Femades de Cornellà de Llobregat, arrastra una historia judicial reciente que incluye dos clausuras y un homicidio. Todo, bajo la atónita mirada del ayuntamiento de la localidad, dirigido por el veterano socialista Antonio Balmón.
Vigilancia policial de los Mossos frente a la discoteca Capitolio de Can Femades, en junio del 2010. ÁLVARO MONGE
El caso es realmente alambicado. El ayuntamiento ordenó a principios de junio la clausura provisional de Capitolio por exceder exageradamente el aforo permitido. La decisión pasó parcialmente desapercibida hasta que una jueza anuló el decreto del consistorio con el argumento de que era más importante preservar los puestos de trabajo vinculados a la discoteca que garantizar la tranquilidad y el descanso de los vecinos de la zona o respetar las normas de aforo máximo permitido. Sin embargo, nada más abrir sus puertas el local gracias a la intervención de la magistrada, un joven murió acuchillado frente a las puertas de la discoteca el sábado 16 de junio. El ayuntamiento volvió a la carga y ordenó de nuevo el cierre del local, pero ahora, la misma jueza desvincula ambos hechos para mantenerse firme en su decisión de primar los puestos de trabajo. "Sorprende que el ayuntamiento defensor del interés público vincule el fallecimiento del menor con la medida cautelar adoptada por este juzgado que acordó la suspensión del cierre del establecimiento", dicta la resolución.
La apertura de Capitolio está ahora en manos de otro juzgado tras el recurso presentado por la propiedad del establecimiento. La nueva jueza parece plantear el conflicto de manera distinta que su colega. «Si bien es cierto que hay que tener en cuenta la situación económica ¿explica la magistrada¿ no es menos cierto que el motivo por el cual se sanciona es por el exceso de aforo permitido, incumpliendo la normativa sobre sistemas de control de acceso que supone un riesgo para la seguridad de las personas».