SENTENCIA POR UN CRIMEN QUE CONMOCIONÓ A LA CIUDADANÍA
El Supremo confirma la condena por quemar viva a una mendiga
Su actuación fue consciente, deliberada y carente de toda justificación legal o social. Así reza la sentencia del Tribunal Supremo que confirma la pena de 17 años de prisión impuesta en el 2008 por la Audiencia de Barcelona a Ricard Pinilla y Oriol Plana por asesinar, junto a un menor de edad, a Rosario Endrinal, una mendiga de 50 años y conocida como Charo, que falleció tras ser quemada en el interior de un cajero automático de una entidad bancaria en la calle de Gillem Tell, en Sant Gervasi.
De nada les ha servicio a Pinilla y Plana recurrir la condena ante el Supremo. El alto tribunal ha desestimado sus pretensiones e incide en que perpetraron un asesinato con alevosía y, también, un delito de daños dolosos cometidos con incendio. La sentencia rechaza uno a uno los argumentos de la defensa de los imputados, que alegó aplicación indebida del Código Penal, error en la apreciación de la prueba y la supuesta vulneración del derecho a la presución de inocencia, entre otros preceptos legales. Todo rechazado.
AGRESIÓN / La sentencia incide en que, en la madrugada del 15 de diciembre del 2005, los acusados actuaron de «común acuerdo» y primero arrojaron a Rosario, que estaba durmiendo en el interior de un cajero, diversos objetos, como una naranja, una botella de plástico y dos conos de señalización viaria. Según los magistrados, Plana los lanzaba y Pinilla le pasaba esos objetos.
En una segunda fase y ya presente el adolescente, Juan José (juzgado por la jurisdicción de menores), los acusados adultos consiguieron que la mendiga, que había echado el pestillo de la puerta, les permita acceder de nuevo al cajero. Para ello, Plana y Pinilla se valieron del menor, a quien Rosario no conocía del primer incidente, y que fingió que quería extraer dinero del cajero.
Tras abandonar la entidad el adolescente, sus amigos Pinilla y Planas penetraron en el interior del cajero y golpearon a la mujer en repetidas ocasiones. «Una vez más planea la actuación en concierto de los acusados», relata el Supremo. Después, el menor derramó un líquido inflamable –cogieron un bidón del andamio de una obra cercana– junto a la mujer, que quedo impregnada de esa sustancia. Y Pinilla arrojó la colilla de un cigarrillo que estaba fumando. La deflagración ocasionó la muerte de Rosario Endrinal.
Según el Supremo, el visionado de la cinta grabada por la cámara de seguridad pone de relieve el «aire jocoso» de la actitud de los acusados, que eran conscientes de que arrojaban a Rosario una sustancia que podía ser inflamable. La sentencia añade que si el incendio les hubiera cogido por sorpresa, los condenados no hubieran asistido «con aire festivo a la extensión del fuego». Tampoco intentaron socorrerla.
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