FALLO EN MADRID

Cristiano se pone colérico porque Apelación le mantiene el castigo

Cristiano empuja

Cristiano empuja / periodico

Carlos F. Marcote / Madrid

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El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) ha desestimado este miércoles el recurso presentado por el Real Madrid contra la sanción de cinco partidos a Cristiano RonaldoCristiano Ronaldo. Por lo tanto, el futbolista portugués no podrá jugar el partido de vuelta de la Supercopa contra el Barça y también se perderá los cuatro primeros encuentros de Liga.

El goleador blanco ha mostrado horas después su indignación publicando un mensaje en Instagram en el que califica como "exagerada y ridícula" la decisión y asegura que se siente perseguido. "Esto se puede llamar persecución. Gracias a mis compañeros por el apoyo y los aficionados", se puede leer en el texto que acompaña a una fotografía del colegiado mostrando la roja a Cristiano.

El club blanco pretendía ante todo que la segunda instancia disciplinaria de la federación dejase sin efecto la segunda tarjeta amarilla mostrada por el colegiado De Burgos Bengoetxea al goleador portugués al entender que se había dejado caer para simular  un penalti en un forcejeo con Umtiti. Con ello, el Madrid pretendía que Ronaldo pudiera ser alineado por Zinedine Zidane en el partido de vuelta de la Supercopa, ya que consideraba imposible que Apelación corrigiera al juez único de Competición en lo que respecta a los cuatro partidos de suspensión por el empujón al árbitro. 

Las mismas alegaciones

La entidad madridista trasladó en su recurso a Apelación las mismas alegaciones que al juez único y la RFEF también se ha remitido en su comunicación oficial de este miércoles a la resolución sancionadora del lunes pasado. En cuanto a la segunda amonestación a Ronaldo, el Madrid aportó una prueba videográfica en la que, a su juicio, quedaba demostrado que el jugador portugués no llevó a cabo simulación alguna sino que cayó desequilibrado tras el contacto con el central del Barça.

Apelación ha hecho suya la fundamentación que se hace en la resolución impugnada, añadiendo que "la existencia evidente de contacto físico entre atacante y defensor no demuestra por sí mismo error alguno, ya que carece de las notas de extremo, contundente, continuado y suficiente, que se ha exigido siempre a efectos disciplinarios para apreciar error en este tipo de jugadas". El Madrid había citado en su recurso otra resolución de Apelación, recaída en el expediente 206- 2013/14, de fecha 17 de enero de 2014, en que se justifica la estimación del recurso y la anulación de una sanción similar porque el jugador derribado, en el que el árbitro había apreciado fingimiento, había sufrido "una entrada contundente e impetuosa del portero". En consecuencia, el comité ha desestimado el recurso y ha declarado bien aplicado el artículo 124 CD, que sanciona con amonestación este tipo de simulaciones o fingimiento.

El club blanco esgrimía que la acción de Umtiti fue  antirreglamentaria y merecedora de penalti, pero el juez único concluyó que "dicha antirreglamentariedad y punibilidad no son tan evidentes e irrefutables como manifiesta el Real Madrid C.F. en su escrito de alegaciones", lo que ha sido ratificado por el comité. 

Resolución intachable

En cuanto al segundo tema del recurso, centrado en el empujón al árbitro, el Apelación ha aceptado también el criterio del juez de Competición. "Las imágenes son incuestionables y conducen a la aplicación forzosa del precepto sancionador del artículo 96, que recoge expresamente como hecho sancionable 'empujar al árbitro'. En este aspecto, la aplicación normativa llevada a cabo por el juez de Competición en la resolución objeto de recurso es intachable, sin que, independientemente de la aplicación jurídica que se pueda hacer de los hechos objeto de sanción y su discusión interpretativa, debamos olvidar bajo ningún concepto y ninguna circunstancia, una cuestión fundamental cual es la del respeto total y absoluto a la figura del árbitro, respeto que no puede ni debe olvidarse y que por lo tanto no puede admitir justificación alguna, ni por exceso de pulsaciones, ni por reacción instintiva, ni por perdida de razón ante una decisión supuestamente injusta", se dice en la nueva resolución.

El Madrid esgrimía en sus alegaciones, como argumento exculpatorio, que el jugador actuó de forma "instintiva, refleja en incontrolable", con la intención de que el empujón fuese considerado simplemente objeto de amonestación.