El Tribunal de la UE castiga a dos empresas por comerciar con "diamantes de guerra"

Una compañía centroafricana y su filial belga han sido penalizadas por violar la prohibición de comerciar con este tipo de precias preciosas

refugiados de la republica centroafricana

refugiados de la republica centroafricana / periodico

EFE / BRUSELAS

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha confirmado la decisión del Consejo de la UE de inmovilizar capitales a la empresa centroafricana Badica y a su filial belga Kardiam por saltarse la prohibición de comerciar con "diamantes de guerra". La UE sancionó a esas firmas en 2015 al entender que habían violado la prohibición de 2013 de negociar con estas piedras preciosas procedentes de República Centroafricana, que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas define como "diamantes en bruto utilizados por los movimientos rebeldes o por sus aliados para financiar conflictos encaminados a desestabilizar gobiernos legítimos".

En marzo de 2013, el entonces residente centroafricano, Francis Bozizé, fue derrocado por el grupo rebelde de mayoría musulmana Séléka, y fue sustituido por el opositor Michel Djotodia, lo que desencadenó violentos enfrentamientos entre el citado grupo disidente y grupos cristianos y animistas denominados "anti-balaka". Dos meses después se suspendió a República Centroafricana del sistema internacional de certificación de diamantes en bruto, denominado Proceso de Kimberley, y se prohibió la exportación de diamantes centroafricanos.

En mayo de 2014, las autoridades belgas se apoderaron de dos partidas de diamantes enviados a la representación de Badica en Amberes (norte), con el nombre comercial de Kardiam. "Expertos en diamantes observaron que existían muchas posibilidades de que los diamantes incautados fueran de origen centroafricano", recordó la Corte europea.

En 2015, el Consejo de la UE decidió inmovilizar los capitales de Badica y Kardiam "por prestar apoyo a grupos armados o a redes delictivas mediante la explotación ilícita de recursos naturales, incluidos los diamantes, la flora y fauna y sus productos derivados" en República Centroafricana. Las citadas empresas recurrieron al TGUE, alegando que las constataciones en las que se basan los motivos invocados por el Consejo que les fueron comunicados son inexactas o sin fundamento puesto que no acreditan que prestaran apoyo a grupos armados.

Pagos directos

Pero en la sentencia de este jueves, el TGUE ha confirmado la inmovilización de capitales de las firmas, al entender que el Consejo acreditó que los diamantes en cuestión provenían de República Centroafricana, por lo que fueron exportados de manera ilícita. Además, el Tribunal ha indicado que "al continuar comprando diamantes a los coleccionistas, Badica y Kardiam necesariamente prestaron apoyo a los grupos armados". También ha señalado que han quedado acreditados los pagos directos a las milicias mediante pagos en concepto de seguridad y tasas de aterrizaje.

La justicia europea sí concede a las firmas en cuestión que no quedó establecido, en particular, que también comerciaran con oro proveniente de República Centroafricana y sujeto a las mismas restricciones que los diamantes. Sin embargo, a juicio de los magistrados, el conjunto de motivos sí establece con claridad "un apoyo a grupos armados para la explotación ilegal o el tráfico de recursos naturales". La sentencia admite recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en un plazo de dos meses.