Apartamentos turísticos

Los pisos turísticos crecen en medio de un caos regulatorio

Pancartas contra los pisos turísticos en el barrio de la Barceloneta

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Sara Ledo

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Alquilar un apartamento de vacaciones ha pasado de ser algo normal para muchas familias a convertirse en un quebradero de cabeza para ayuntamientos, vecinos y hoteles que han visto crecer la oferta y demanda de viviendas turísticas a un ritmo incesante, gracias a la democratización del sector liderada por plataformas como Airbnb o HomeAway, a través de las que se ponen en el mercado viviendas como partamentos para turistas. Un 'boom' que coincidió con la decisión del Gobierno de excluir estas viviendas de la ley de arrendamientos urbanos (2013).

El año pasado, en un total de 22 ciudades españolas, las plazas en viviendas turísticas (473.956) superaron a los alojamientos reglados (335.606), según datos del lobi turístico Exceltur. Son unas cifras que coinciden con el informe 'Private Accomodation in Europe: 2010-2020', que sitúa a España como el tercer país con más oferta de Europa, con 450.000 viviendas vacacionales, según datos proporcionados por la plataforma HomeAway.

Una oleada de quejas: desacuerdos entre vecinos, gentrificación o subida de los precios del alquiler, entre otras variables, y la inexistencia de legislación a nivel estatal, han provocado que las autonomías tomaran cartas en el asunto con decretos específicos, que dieron como resultado 17 normas diferentes para regular una misma actividad.

Unas de estas normas son más restrictivas (las más recientes) y otras más permisivas (las más antiguas), pero todas obligan a presentar una declaración responsable en el registro público competente, explican desde el despacho de abogados Serrano, Alberca & Conde, responsables de un informe en el que se analizan las 17 normas que existen.  

Algunas prohíben el alquiler por estancias, es decir, por habitaciones; otras se guardan la baza de ceder el 'poder' a las comunidades de propietarios a través de los Estatutos de cada comunidad de vecinos para prohibir este uso en sus fincas, otras obligan a incluir un distintivo en sus fachadas, que las signifique como "viviendas turísticas", o el número de inscripción en cualquier tipo de publicidad en el que participen. 

Para la socia del despacho María Jesús Serrano, el principal problema de este "caos" legal es que "no se ha estudiado debidamente ni el fenómeno ni las consecuencias de esta regulación, que es lo primero que se debería hacer". Ante esta falta de unanimidad legislativa, muchos ayuntamientos aprovecharon su capacidad de ordenación urbanística para dar licencias, establecer moratorias o dividir por zonas sus localidades y parar así la tan temida 'turistificación'. 

Ayuntamientos como Barcelona, Madrid o San Sebastián han decidido 'zonificar' la ciudad y establecer determinados niveles de restricción a la actividad de los pisos turísticos. Otros, como el de Palma de Mallorca, han optado por la prohibición total de los pisos turísticos. Los de Valencia o Bilbao limitan estos permisos a bajos o primeras plantas

"La diferencia entre Barcelona y Madrid es que Barcelona respetó todas las viviendas de uso turístico que habían obtenido previamente la licencia, sin condenar a la ilegalidad al 90 % de la oferta existente que ya tiene sus licencias, que están operando con normalidad y que han hecho una inversión", argumentan a El Periódico fuentes de la plataforma HomeAway.

Desde Exceltur, organización que aglutina a diferentes agentes turísticos que van desde hoteles hasta compañías aéreas, se declaran "en línea" con lo que se están empezando a hacer en municipios como Palma de Mallorca, pero también en Madrid o Valencia. Aunque, según su portavoz José Luis Zoreda, la medida de Palma de Mallorca surge ante la tardanza en la asimilación del problema: "no hubiera sido si hubiésemos tenido la oportunidad de incluir hace tres años nuestras medidas de contingentar por barrios".

"Yo creo que hay que volver a la Ley de Arrendamientos Urbanos. (Las viviendas turísticas) no prestan servicios hoteleros como limpieza diaria o restauración, y en el caso de que hubiera servicios hoteleros accesorios al alojamiento se podría pensar en remitirlo a la legislación sectorial, pero lo que se da aquí es el llamado arrendamiento de temporada de toda la vida", explica a El Periódico, María Jesús Serrano.