Un juez considera la diabetes grave como causa de incapacidad permanente
El trabajador afectado tenía dificultades para realizar esfuerzos físicos e, incluso, permanecer de pie
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. ALBALAT / BARCELONA
Un juez de Barcelona ha dictado una sentencia en la que considera la diabetes grave como causa de incapacidad permanente y ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que le denegó su petición, a abonar al trabajador afectado una pensión vitalicia.
En junio del 2005, J. L. B, de 51 años, pidió la baja médica en el matadero donde trabajaba como operador de alimentos y antes de agotarla, solicitó al INSS la incapacidad permanente, que le fue denegada. El trabajador acudió a los tribunales y ahora el Juzgado de lo Social número 3 de Barcelona ha aceptado su reclamación. Sus representantes legales del gabinete Tribunal Médico, especializados en esta materia, demostraron en el proceso que las lesiones renales, visuales, metabólicas y psicológicas que sufría J. L. B., debido a una diabetes melitus tipo II, le impedían desarrollar su profesión.
El INSS alegaba que el trabajador padecía una insuficiencia renal que no le provocaba limitaciones funcionales, a pesar de que estaba agravada por un trastorno depresivo. Pero el juez destaca en su sentencia que los informes médicos aportados por los abogados de J. L. B. explican "de manera muy clara" las limitaciones que se derivan de la principal dolencia que padece el afectado, que es la insuficiencia renal crónica, derivada de una diabetes considerada como “grave”.
DOLENCIAS DERIVADAS
El demandante, según la resolución, tiene dificultades para realizar esfuerzos físicos e incluso permanecer de pie. Además, a causa de la enfermedad padece daños en la retina, hipertensión, alternaciones del metabolismo y trastorno de ansiedad. En términos económicos, J. L. B. percibirá una pensión de 55% de su base reguladora de 1893,52 euros mensuales por no poder trabajar en su oficio, pero sí en otros, aunque a este porcentaje se añadirá un 20% cuando cumpla 55 años o en periodos de total inactividad laboral.
Según los datos de la Federación Española de Diabetes, el 13,8% de los adultos en España sufren diabetes. Ello genera unos costes de 8.400 millones de 8.400 millones de euros por absentismo laboral, "cifra que podría verse notablemente reducida si los pacientes graves solicitaran una incapacidad permanente a la Seguridad Social", según Alejandro García, jurista de Tribunal Médico.
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