CAMBIOS EN LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE TRIBUTARIO

Hacienda inicia una nueva fase de control de bienes en el extranjero

Los dueños de pisos y activos en el exterior tienen hasta el 30 de abril para declarar sus propiedades

AGUSTÍ SALA / Barcelona

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¿Tiene usted unapartamentoen Andorra o en la Cerdanya francesa? ¿una cuenta o una cartera de valores en Suiza? Sí es así y estos activos superan los 50.000 euros deberá presentar la declaración informativa que se plasma en el nuevo impreso modelo 720 de la Agencia Tributaria para informar antes del 30 de abril sobre todos los bienes y activos que se poseen en el exterior.

De esta forma comienza una nueva fase de control de losbienes de españoles en el extranjeropor parte de Hacienda una vez cerrada la amnistía fiscal el pasado 30 de noviembre. Esta ofensiva se refuerza con los convenios como el renovado con EEUU sobre doble imposicion. "Nunca anteriormente se había visto tal volumen de intercambio de información entre administraciones tributarias", afirman los expertos. "No declarar los bienes en el exterior ahora ya no es una opción", sentencia Carmen Marull, socia responsable de Recursos Humanos de PwC. Y es que las consecuencias de que Hacienda descubra estos activos una vez superado el plazo para comunicar los datos, pueden suponer pagar más de lo que se posee, con una sanción del 150%.

En este punto coincide Esteban Raventós, socio del departamento fiscal de Baker & McKenzie. Además está convencido de que uno de los objetivos de Hacienda con la obligatoriedad de informar sobre activos en el extranjero es conseguir que vuelvan capitales a España. "En el caso de apartamentos y viviendas no hay problema a la hora de rellenar el impreso, pero las carteras de inversión de tamaño pequeño o mediano conllevan un trabajo intenso que las entidades financieras solo facilitarán a los clientes con más patrimonio", asegura. Otro factor a tener en cuenta es que , como los activos no declarados que Hacienda detecte en el exterior no prescribirán, los titulares correrán el riesgo de incurrir endelito fiscal. La reforma del Código Penal prevé una modalidad agravada de estos delitos que puede conducir al afectado directamente a la cárcel.

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