El pasado 1 de julio entró en vigor la ley de Seguridad Ciudadana impulsada por el Gobierno del PP, más conocida como 'ley mordaza'. Esta norma ha sido rechazada por varias organizaciones sociales así como por la totalidad de grupos políticos de la oposición en el Congreso por considerar que vulnera varios preceptos constitucionales y, en consecuencia, ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional por el PSOE, IU, Grupo Mixto y UPyD. En este contexto, por un lado, habrá que conocer la sentencia del Tribunal Constitucional, que determinará el contenido y, en el mejor de los casos, matizará algunos aspectos de su aplicación. Por otro lado, conviene señalar que la inconstitucionalidad de esta ley se hace patente a primera vista. En primer lugar, hay que destacar que está trufada de ambigüedades y conceptos jurídicos indeterminados. En segundo lugar, hay que analizar críticamente el hecho de que esta ley se transforme en un cajón de sastre, sin ningún nexo entre las materias reguladas más allá de la restricción grave de libertades. En tercer lugar, se evidencia la clara vocación del Gobierno del PP de poner fin a todos los actos y movimientos de carácter reivindicativo o de manifestación de la voluntad y opinión ciudadana que en los últimos años han ido proliferando. Para ello, además de las prohibiciones específicas de participación en estas protestas y movimientos, se confiere un poder y un blindaje abusivo a los agentes de la autoridad y se estipulan una serie de sanciones desproporcionadas. Con todo, sorprende que se haya remarcado en los primeros artículos de la norma la vocación de garantizar el pleno ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas.
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