AUDIENCIA NACIONAL

El juez afea al promotor de la pitada al himno que se exprese en catalán

Ángeles Vázquez

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El juez central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José María Vázquez Honrubia, afeó este martes al presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, que usara el catalán para defenderse de la acusación que pesa sobre él por los delitos de injurias al Rey y ultraje a España por promover la pitada al himno de la final de la Copa del Rey en el Camp Nou entre el Barcelona y el Athletic de Bilbao, el 30 de mayo de 2015.

Espot, que se enfrenta a una petición fiscal de multa de 14.400 euros, se escudó en la libertad ideológica y de expresión para defender el manifiesto que publicó en la página de facebook de su asociación. Lo que sí negó es haber comprado, distribuido o almacenado los silbatos que se repartieron a las puertas del estadio, ni haber asistido al encuentro.

Durante su declaración, Espot sostuvo que en 2011 fue candidato a la Alcaldía de Barcelona por Solidaritat Catalana per a la Independència y defendió que su "proyecto político es la independencia". Y a las puertas de las puertas de la Audiencia Nacional calificó de "juicio político" el que se le había realizado. 

Dentro del tribunal, por “economía procesal”, sus palabras solo fueron traducidas por la intérprete de catalán, cuando el magistrado tenía alguna duda concreta, como "feblesa" (debilidad) o cuando Espot justificó el manifiesto por el momento en el que, según dijo, se señalaba a los independentistas catalanes  como "nazis" y "fascistas". El juez se interesó por la primera palabra y Espot replicó que sabía pronunciar la zeta. "Como la sabe pronunciar, ¿por qué no contesta en castellano para mí?", dijo Vázquez Honrubia. Espot siguió en catalán.

Dos veces archivado

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu había decretado dos veces el archivo de esta causa, pero en julio, obligado por la Sala de lo Penal, abrió juicio oral por estos hechos. El magistrado se había basado en lo ocurrido con la pitada de 2009 que fue denunciada por la asociación en Defensa de la Nación Española (DENAES) y archivada por la Audiencia con el apoyo del fiscal, que entonces entendió que la libertad de expresión prevalecía sobre la ofensa que pudiera desprenderse de la pitada del himno. Justo los argumentos utilizados por la defensa para pedir la libre absolución.

La fiscal Ana Noé consideró acreditados los hechos que el acusado actuó "en ejecución de un plan preconcebido" con el "firme propósito de ofender y menospreciar al Jefe del Estado español y al himno nacional, por lo que ambos representan como símbolos para los sentimientos colectivos identificados con la nación española".

Para ejecutar ese plan, Espot publicó el 28 de mayo de 2015 en el perfil de Facebook de Catalunya Acció, un manifiesto titulado "Por la pitada al himno español y al rey Felipe de Borbón".

El manifiesto señalaba que Cataluña "vive una situación política decisiva" y añadía que para llegar "a la victoria final, que no es otra que la proclamación del Estado catalán independiente", Espot planteaba añadir a los frentes "político, social, cultural o lingüístico" el de "la protesta colectiva cívica".

Centrado en ese objetivo vio la Copa del Rey de 2015 como "una ocasión inmejorable para manifestar una vez más que queremos dejar de ser súbditos del reino de España".

Miles de silbatos

A este manifiesto, según la fiscal, se adhirieron una decena de asociaciones soberanistas y el 29 de mayo todas ellas, junto a Catalunya Acció anunciaron que repartirían "miles de silbatos a los asistentes a la final" para "hacer más sonora la protesta contra la presencia del monarca español y la interpretación de la marcha real en la capital de Cataluña".

Esto desembocó en que el día de la final se produjo "una masiva y colectiva pitada" que hizo "inaudible" el himno nacional, mientras se retransmitía este acto "nacional e internacionalmente", "consiguiendo así el acusado la materialización del plan ideado".