¿Será necesario cambiar el modelo de carnet?
¿Recibe el mismo trato el profesional que el resto?
¿Se pueden perder los 12 puntos en un solo día?
¿Resta puntos no llevar el cinturón, el casco o la sillita?
¿Hay que examinarse si se pierden todos los puntos?
¿Qué policías pueden retirar puntos del carnet?
¿Restarán puntos las multas por aparcar mal?
¿El carnet se puede perder también por otras vías?
¿Qué beneficios reporta la conducción sin cometer infracciones?
¿Quién pierde los puntos, el dueño o el conductor?
¿No llevar los papeles en regla resta puntos?
¿Resta puntos fumar mientras se conduce?
¿Se puede recurrir la sanción de pérdida de puntos?
¿Cómo afecta a los que tengan carnet extranjero?
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LA PREGUNTA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO EL DÍA 22 DE JUNIO DEL 2006
¿El carnet se puede perder también
por otras vías ?
EL PERIÓDICO
BARCELONA
Sí. Por las mismas vías que en la actualidad. El carnet por puntos no sustituye ninguno de los sistemas sancionadores vigentes, sino que los refuerza. Además de la pérdida de puntos, el conductor seguirá siendo sancionado por cada infracción con las multas económicas o las suspensiones temporales de carnet previstas actualmente.
Un ejemplo. Un radar detecta que un vehículo circula a 85 km/h por la calle Aragó. Ha superado en más de un 50% la velocidad permitida (50 km/h) y en más de 30 km/h. Su conductor ha cometido una infracción muy grave por la que ahora le correspondría una multa de entre 301 y 600 euros y una suspensión del carnet de entre uno y tres meses. A partir del uno de julio, tras la entrada en vigor del carnet por puntos, también perdería 6 puntos.
La suspensión temporal del carnet provocada por la comisión de una infracción muy grave no conelleva, sin embargo, la obligación de llevar a cabo ningún nuevo examen para recuperarlo. Una vez expirado el plazo se vuelve a obtener automáticamente.
La suspensión temporal también puede ser decretada por un juez si la infracción cometida por el conductor es considerada delito contra la seguridad del tráfico. El periodo de retirada lo marca el juez en cada caso a partir de unos márgenes muy amplios, que pueden llegar hasta los seis años.

