LA PREGUNTA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO EL DÍA 24 DE JUNIO DEL 2006

¿Quién pierde los puntos, el dueño
o el conductor?

EL PERIÓDICO
BARCELONA

A diferencia de lo que ocurre en otros países, en la legislación española el responsable de las infracciones siempre es el conductor, nunca el dueño del vehículo. El carnet por puntos no es una excepción. Los créditos se retirarán a quien maneje el vehículo.

En los casos en los que los agentes de la autoridad no han identificado al conductor --lo habitual en los radares fijos y en las multas de aparcamiento--, la notificación de la sanción se remite al domicilio del propietario y este tiene la obligación de identificar al conductor. Tiene un plazo de dos semanas. Si no lo hace, o si facilita una identidad falsa, se arriesga a recibir una sanción de hasta 1.500 euros.

Hasta la entrada en vigor de la ley del carnet por puntos, la sanción máxima por no identificar al conductor era solo de 300 euros, lo que convertía este trámite en una vía de escape para los autores de infracciones con multas más altas o retirada del carnet. El fuerte importe establecido en la nueva normativa lo hace ahora mucho más difícil.

Durante el trámite parlamentario se planteó la posibilidad de retirar también puntos al propietario del vehículo que se negara a identificar al conductor para impedir que alguien pudiera evitar la pérdida de puntos pagando los 1.500 euros, pero los legisladores llegaron a la conclusión de que en la normativa española esto no es posible. Entre otras razones, porque el propietario del vehículo no tiene por qué tener carnet de conducir. ¿Cómo se le iban a retirar entonces los puntos?